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¿Qué me ofrece este seguro de accidentes?

El seguro de accidentes de IMQ te ofrece protección financiera en casos de incapacidad permanente o fallecimiento por accidente.

  • Indemnización para ti si sufres un accidente que te provoque incapacidad.

  • Indemnizaciones para tu familia en caso de fallecimiento por accidente.

  • Indemnización en caso de fallecimiento por infarto de miocardio.

  • El doble de indemnización en caso de fallecimiento por accidente de circulación.

  • Hasta 750.000 € en caso de fallecimiento por accidente de circulación en transporte público.

  • Condiciones especiales para familias, con descuentos y tarifa plana para que incluyas a todos tus hijos/as pagando lo mismo.

Ventajas de IMQ Accidentes

El seguro de accidentes de IMQ te proporciona soporte económico en momentos de vulnerabilidad, tanto a ti como a tu familia. Se caracteriza por su flexibilidad, asequibilidad y la posibilidad de cubrir a todos los miembros del hogar. A continuación, te presentamos las principales ventajas de nuestro seguro:

Elige la modalidad de póliza que más se adapte a ti

¿Necesitas más información antes de contratar tu seguro de accidentes? Este bloque es para ti

¿Por qué me compensa tener un seguro de accidentes?

Porque, pagando solo una pequeña cuota mensual, tú y tu familia tendréis una cobertura en caso de accidente: si sufres una incapacidad grave, tendrás una indemnización económica para ayudarte, y en caso de que fallezcas, tu familia tendrá una ayuda económica. Así, por muy poco, aseguras tu futuro y el de los tuyos.

¿Puedo contratarlo si ya tengo otro seguro de Accidentes?

Sí, solo tienes que informarnos, y decirnos con qué compañía tienes el seguro.

¿Existe un límite para la contratación de los seguros de Accidente IMQ?

Sí, aunque es diferente en función de la modalidad que escojas.

En Básica y Plus: Podrás contratar el seguro hasta el 31 de diciembre del año en que cumplas 66 años.

En Alta Protección: Podrás contratar el seguro hasta el 31 de diciembre del año en que cumplas 80 años.

Si quiero darme de baja, ¿cómo puedo hacerlo?

El seguro vencerá a 31 de diciembre del año de contratación y se prorrogará tácitamente por periodos anuales. Si no quieres renovarlo, deberás notificarlo con un plazo de, al menos, un mes de anticipación al vencimiento del seguro.

¿Qué condiciones especiales ofrecéis para las familias?

En la modalidad Alta Protección, y por solo un poquito más, podrás incluir en el seguro también a tu cónyuge o pareja de hecho y a tus hijos/as, hasta que tengan 23 años. Además, a partir del primer hijo/a, la cuota mensual del seguro no sube, así que podrás incluirlos a todos sin pagar más.

¿Tengo que rellenar algún cuestionario antes de contratar el seguro?

Antes de contratar el seguro, te haremos estas preguntas:

  • ¿Estás en proceso de tramitación de alguna incapacidad? Si es así, tendremos que esperar a que se resuelva.
  • ¿Tienes reconocida una minusvalía superior al 32%? Si es así, no podrás contratar este seguro.
  • ¿Tienes contratado otro seguro de Accidentes? No hay problema, solo nos tendrás que indicar la compañía.
  • ¿Eres profesional de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Autonómicos o Locales? Si es así, no podrás contratar este seguro.
¿El seguro tiene un límite de permanencia?

Sí, aunque es diferente según la modalidad que escojas.

En Alta Protección: la cobertura de la persona asegurada principal finalizará el 31 de diciembre del año en que cumpla 81 años. La cobertura del cónyuge o pareja de hecho, también finalizará al término del año en que cumpla 81 años, o en caso de que pierda la condición de cónyuge o pareja de hecho. Los hijos e hijas dejarán de estar cubiertos cuando finalice el año en el que cumplen 23 años.

En Básica y Plus: la cobertura finalizará el 31 de diciembre del año en que la persona asegurada cumpla 71 años.

¿Puedo cancelar el seguro una vez contratado?

Si has contratado el seguro a distancia (por teléfono o internet), podrás anularlo sin indicar motivos ni penalización alguna dentro de los primeros 14 días, siempre que no hayan sido utilizados los servicios de la cobertura.